Caracas, 27 de octubre de 2014.- En la Gaceta Oficial N° 40.526 que circula este lunes está publicada una lista de productos que no podrán vender los comerciantes de la economía informal, de acuerdo con la reforma de Ley Orgánica de Precios Justos que anunció la Presidencia de la República la semana pasada.
En el texto se especifican productos de higiene personal, salud, educación, vivienda e insumos, desechos sólidos y alimenticios.
Las multas que dicta la ley para los comerciantes que vendan algunos de estos productos oscilan entre 200 a 10.000 UT.
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